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Tribunal de Contas da União

El papel del TCU en el control de la regulación

Después de la concesión del servicio público, la actuación del TCU continúa en el seguimiento de la ejecución de los contratos de concesión. Pero eso no sustituye al papel constitucional y legal de las agencias reguladoras, a las que corresponde regular el mercado. El TCU actúa, así, no como segunda instancia o revisor, sino como órgano constitucional de superposición y control
Por Secom TCU
24/10/2018

El Tribunal de Cuentas de la Unión (TCU) tiene la misión de fiscalizar la actuación de agencias reguladoras, en especial los contratos de concesión, los de permiso y los actos de autorización para la prestación de servicios públicos. Los prestatarios de tales servicios generan bienes y servicios públicos. Un buen ejemplo de ello son las carreteras y los puertos, responsabilidad de las concesionarias, pero que pertenecen a la Unión.

En el régimen jurídico-constitucional brasileño la fiscalización del TCU puede ocurrir previa, concomitante y posteriormente al acto. Todas las cuestiones relevantes, que exijan inmediata corrección, son llevadas al conocimiento de las agencias regulatorias, a tiempo para que formulen las alteraciones en las licitaciones en andamiento.

En la fiscalización previa de las reglas de los pliegos y de contratos de concesión, por ejemplo, la contribución del TCU auxilia en la reducción de los riesgos de ejecución y de desequilibrios económico-financieros. Esos pueden fácilmente evitarse mediante medidas preventivas a partir del análisis del Tribunal.

Después de la concesión del servicio público, la actuación del TCU continúa en el seguimiento de la ejecución de los contratos de concesión. Pero eso no sustituye al papel constitucional y legal de las agencias reguladoras, a la cuales corresponde regular el mercado. El TCU actúa, así, no como segunda instancia o revisor, sino como un órgano constitucional de superposición y control.

La acción del órgano regulador no se reduce con la actuación de la Corte de Cuentas, porque ésta no escoge, por ejemplo, metodologías de cálculo, ni fija valores. Pero se limita, si es el caso, a señalar la impropiedad de la selección en la concesión y determinar la corrección de la falla.

Existen varios procesos en el TCU para monitorear la regulación. Recientemente, en Sesión Plenaria de 19/9/2018, por ejemplo, el Tribunal aprobó la primero etapa del seguimiento de la concesión del Tramo Central del Ferrocarril Norte-Sul (FNSTC). En el análisis del proceso, se identificaron inconsistencias e irregularidades en los estudios de viabilidad técnica, económico-financiera y ambiental de la obra. En consecuencia, el Tribunal propuso ajustes antes de la publicación del pliego.

Para el relator del proceso de la FNSTC, ministro Bruno Dantas, “la sensibilidad exigida del TCU es especialmente importante, en vista que el Tribunal debe ejercer una vigilancia continua y exigente para no sobrepasar la línea tenue que separa el control externo de la gestión pública, un factor determinante para el éxito de un proceso de otorgamiento, pero que puede fulminarlo, si se confunde.”

En el proceso del Ferrocarril, el ministro Benjamin Zymler comentó, sobre el desempeño de las agencias reguladoras, que “El TCU no puede deducir todos los riesgos de una concesión, para ello existe la regulación, que se deriva de la verificación concreta de técnicas de solución de conflictos utilizando mediación, conciliación y arbitraje”.

Otros procesos de desestatización también fueron analizados recientemente, como en el caso de la 5ª ronda de licitaciones para otorgamiento de bloques en áreas del pre-sal, para la explotación de petróleo y gas natural. A partir de esa actuación del TCU, el Consejo Nacional de Política Energética alteró los parámetros económicos de la licitación y aumentó alícuotas mínimas de reparto de algunos bloques.

Asimismo, el Tribunal evaluó una asociación público-privada de US$ 1,200 mil millones para el control del tráfico aéreo, que exigió al Comando de Aeronáutica desarrollar un plan para evitar la interrupción del servicio.

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