El Tribunal de Cuentas de la Unión es el organismo de control externo del gobierno federal que opera como auxiliar del Congreso Nacional con la misión de llevar adelante el seguimiento de la ejecución presupuestaria y financiera del país, y contribuir para con el perfeccionamiento de la administración pública en beneficio de la sociedad.
El TCU tiene como meta erigirse en referencia en la promoción de una administración pública efectiva, ética, ágil y responsable.
El Tribunal de Cuentas de la Unión se encarga de la fiscalización contable, financiera, presupuestaria, operativa y patrimonial de los organismos y entidades públicas del país en cuanto a su legalidad, legitimidad y economicidad.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 71 de la Constitución Federal de Brasil de 1988, el control externo es ejercido por el Congreso Nacional con la ayuda del TCU, a quien compete el juzgamiento de las cuentas de los administradores y de los demás responsables de fondos, bienes y valores públicos federales, como así también de las cuentas de cualquier persona física o jurídica que ocasione pérdidas, extravíos o otras irregularidades que ocasionen pérdidas para el erario público. Controlar es fiscalizar las actividades de personas y organismos para que esas actividades no se desvíen de las normas preestablecidas. Controlar es prevenir, orientar, evaluar, recomendar mejoras. Controlar es actuar preventivamente, y no únicamente sancionar.
Las incumbencias constitucionales y específicas del TCU se encuentran establecidas en los artículos 33, §2º, 70, 71, 72, §1º, 74, §2º y 161, párrafo único, de la Constitución Federal de 1988.
Más de 100 años de la historia de la Auditoría Gubernamental en pocas palabras:
Brasil fue descubierto por los portugueses el año de 1500 convirtiéndose en colonia de Portugal. De ese modo, en Brasil también fue adoptado el mecanismo utilizado en la Casa de Conteo que tenía el deber de seguimiento de la recaudación de los recursos para el pago de impuestos.
Posteriormente, la Casa de Conteo se convirtió en el Erario Regio, institución responsable de la fiscalización y rendición de cuentas del gobierno federal. En 1808, con la llegada de la Corte portuguesa a Brasil, la sede del Erario Regio se ubicó en Rio de Janeiro, la capital de Brasil a la época.
Desde la independencia de Brasil, en 1822, ya había la previsión de la necesidad de control de los gastos públicos, pero la idea se concretó tras la Proclamación de la República, en 1889. En esa época se ha creado la consciencia de que el “gobierno debería hacerse para beneficio de la gente que sería la destinataria de la rendición de cuentas de los gastos públicos.”
En noviembre de 1890, el primer Presidente de la República, nombró el jurista, periodista y embajador Ruy Barbosa, para el cargo de Ministro de Hacienda, lo cual así definió el Tribunal de las Cuentas de la Unión:
“Un cuerpo de magistratura intermediaria a la administración y a la legislatura, que, actúa de forma autónoma con atribuciones de revisión y juzgamiento que está garantizado contra amenazas para que pueda cumplir con sus funciones fundamentales al organismo constitucional (...).”
En 1891 fue creado el Tribunal de Cuentas de la Unión.
Sin embargo, no es tranquila la actividad de control de los gastos públicos, una vez que hay muchos intereses personales y partidarios involucrados en eso. Así, con miras a minimizar las atribuciones del Tribunal, Floriano Peixoto, el segundo Presidente de la República, encaminó un proyecto de decreto para Inocêncio Serzedello Corrêa, Ministro de Hacienda de entonces. Serzedello fue un hombre con elevados principios morales y públicos y por ello renunció al ministerio y declaró:
“Cuando V. Exa. está en conformidad con la ley y la Constitución, el Tribunal cumple sus órdenes. Si pasa el contrario, el Tribunal es superior a usted y no se puede reformarlo. Si V. Exa. intenta así hacerlo, dimítame y que mi sucesor refrende el acto.”
El coraje y el espíritu público de Serzedello hasta hoy son ejemplos para la gente.
A lo largo del tiempo, disminuyó el poder de control de los gastos públicos por parte del TCU. En 1937, en el gobierno del Presidente Getúlio Vargas, hubo un episodio infame para la sociedad. Aunque el tribunal hubiera emitido dictamen jurídico contrario a la aprobación de las cuentas anuales del Gobierno Federal ellas han sido aprobadas. El Ministro relator del dictamen, Francisco Thompson Flores, fue dimitido del cargo y no más regresó al Tribunal.
En 1946, con la promulgación de la nueva Constitución brasileña, hubo un proceso de democratización que garantizó que el Tribunal tuviera el poder de fiscalizar los derechos individuales de libertad. Sin embargo, en 1964 hubo un cambio a causa del régimen militar que reformó la Constitución haciendo el Presidente detener el poder de legislar por medio de los “Decretos –leis.” En ese periodo fue creada la nueva Ley Orgánica del TCU.
El proceso de elaboración de la nueva Constitución Federal de 1988 permitió la participación de los ciudadanos siendo ampliadas las atribuciones del TCU que pasó a hacer el monitoreo de la gestión fiscal siendo a la vez, independiente e integrante del Poder Legislativo.
Entre las atribuciones del Tribunal, las más importantes son: el control de la ejecución por parte de los órganos federales, de los objetivos establecidos en la Ley de Directrices Presupuestarias. Además, confiere responsabilidad a los estados por el cumplimiento de los límites establecidos para la deuda total bien como para los gastos con los funcionarios de los tres Poderes y también inspecciona los procedimientos necesarios para el regreso de los gastos a tales límites.
Hoy en día, el Tribunal también es responsable de la función preventiva emitiendo mensajes cuando los organismos gubernamentales están en el límite de gastos y endeudamiento. Además de eso, fiscaliza los actos de esos organismos para que ellos cumplan con los límites de gastos y de resultados de los programas gubernamentales e investiga las irregularidades en la gestión presupuestaria pública. El TCU posee también un canal directo con los ciudadanos por medio de su Oidoría.
Estructura
Atribuciones
Las atribuciones oficiales del Tribunal de Cuentas de la Unión están establecidas en los artículos 33, § 2, 70, 71, 72, § 1, 74, § 2, y 161, párrafo único, de la Constitución Federal. A continuación, sigue un sumario de las atribuciones.
• Evaluar las cuentas anuales del Presidente de la República (art. 71, I).
• Evaluar la legalidad de los procesos de admisión y selección de personal y la concesión de jubilaciones civiles y militares y pensiones (art. 71, III).
• Realizar inspecciones y auditorias, por iniciativa propia o por solicitación del Congreso Nacional (art. 71, IV).
• Auditar las cuentas nacionales de corporaciones supranacionales (art. 71, V).
• Auditar el uso de fondos federales transferidos a los estados brasileños, al Distrito Federal o a los municipios (art. 71, VI).
• Prestar informaciones al Congreso sobre auditorías realizadas (art. 71, VII).
• Aplicar sanciones y exigir reparación de ilegalidades e irregularidades de conducta y en contractos (art. 71, VIII to XI).
• Auditar la aplicación de subsidios y de renuncia de ingresos (art. 70).
• Emitir pareceres conclusivos acerca de gastos no autorizados cuando solicitados por la Comisión Mixta Permanente de Senadores y Diputados del Congreso Nacional (art. 72, § 1).
• Investigar denuncias hechas por cualquier ciudadano, partido político, asociación o sindicato, sobre irregularidades e ilegalidades (art. 74, § 2).
• Establecer los coeficientes de participación de los estados brasileños, del Distrito Federal y de los municipios en los recursos Federales, así como fiscalizar la entrega de esos recursos a los gobiernos estaduales y municipales. (Art. 161, párrafo único).
Además de estos deberes, son atribuidos al Tribunal de Cuentas de la Unión otros en leyes regulares. Algunos de ellos son: juzgar quejas presentadas por participantes de licitaciones o por cualquier persona en un contrato licitatorio, o por cualquier individuo o persona legal, acerca de irregularidades practicadas contra la Ley de Licitaciones y Contractos; monitorear y fiscalizar los procesos de privatización para crear y mantener una página web para la publicación de datos e informaciones relacionadas a las cuentas públicas, y monitorear el cumplimiento con las normas establecidas en la Ley de Responsabilidad Fiscal, que incluye examinar y emitir una opinión legal sobre las cuentas presentadas por agencias de los Poderes Legislativo y Judiciario, así como por el Ministerio Público.
Funcionamiento
Aquellos responsables por los fondos, activos y valores públicos federales son obligados a someter sus cuentas todos los años para adjudicación por el Tribunal, como forma de rendición de cuentas.
Además de esta obligación anual, los responsables están sujetos a rendición especial de cuentas, no programada. En el caso de incumplimiento de la obligación de presentar un informe, de no demonstrar aplicación continua y apropiada de fondos transferidos por la Unión, ocurrencia de desvío o apropiación indebida de fondos, activos o valores, o la práctica de cualquier acción financiera ilegal, ilegítima o antieconómica que resulte en pérdidas al tesoro público.
La liquidación de cuentas, las inspecciones realizadas por el TCU, y otros asuntos que les son comunicados dan lugar a acciones según la ley. Los ministros son responsables por evaluar las acciones de acuerdo con la ley, presentando sus respectivos votos y sometiendo sus decisiones propuestas para la apreciación de sus compañeros.
El análisis de las acciones según la ley y la sumisión de fallos presentados también pueden ser realizados por los ministros suplentes. En el caso de que actúen en el lugar de un ministro, ellos también pueden ejercer su derecho de voto.
Jurisdicción
Bajo la Constitución Federal, el Tribunal tiene jurisdicción sobre cualquier persona o entidad legal pública o privada que use, recaude, guarde, gestione, invierta o administre fondos, activos y valores públicos federales los cuales están bajo la responsabilidad de la Unión. Los que asumen obligaciones pecuniarias en nombre de la Unión también están bajo su jurisdicción.
Igualmente están incluidos aquellos que causan pérdida, extravío u otras formas de irregularidad que resultan en pérdidas para el tesoro público.
La jurisdicción del Tribunal incluye aún aquellos responsables por las entidades corporativas privadas elegibles para recibir contribuciones parafiscales y entregar servicios de interés público o social, así como aquellos que son obligados a presentarse al TCU, o cuyos actos pueden estar sujetos a su fiscalización, en conformidad con la ley.
Su jurisdicción también incluye aquellos responsables por la aplicación de fondos transferidos por la Unión, sea por acuerdo, tratado común, liquidación u otro instrumento similar, para los estados brasileños, el Distrito Federal, o los municipios.
El Tribunal y la Sociedad
El fortalecimiento del control público de gastos gubernamentales es un desafío complejo, impulsando los ciudadanos a participar como agentes de accountability en la gestión pública. El TCU está invirtiendo en la transparencia, en eventos públicos con miras a promover la participación pública por todo el Brasil así como en nuevas tecnologías para facilitar la participación pública, tales como aplicaciones móviles.
La Constitución Federal de Brasil establece que cualquier ciudadano tiene el legítimo derecho de denunciar irregularidades e ilegalidades al Tribunal. Además, la Ley de Licitaciones Públicas prevé que cualquier participante en un proceso de licitación – sea persona física o entidad legal – pueda presentar al Tribunal de Cuentas de la Unión una petición sobre irregularidades en la aplicación de la Ley. En los últimos años, el número de casos ha crecido significativamente, lo que demuestra el fortalecimiento de la relación entre el Tribunal y la sociedad.
El TCU ofrece informaciones generales a los ciudadanos sobre las decisiones o reglamentos a través de canales en línea como correo electrónico o aplicaciones para móviles y tabletas. El Tribunal también desarrolló el concepto de Nube Cívica, con una visión del ciudadano a largo plazo que tiene por objeto fortalecer el control social y perfeccionar las acciones del TCU como una organización de auditoría externa.