Gobernanza pública

Código de Ética del TCU

La ética se refiere a los principios de conducta que guían a un individuo o grupo de individuos. Se ocupa de lo que es moralmente bueno o malo, correcto o incorrecto.

Desde el punto de vista de la actuación del individuo en los grupos sociales en los que participa, como la familia, la comunidad, la empresa, el trabajo, el club, la ética significa tomar decisiones y actuar con respeto y compromiso hacia el bien, la honestidad, la dignidad, la lealtad, el decoro, el celo, la responsabilidad, la justicia, la imparcialidad, la solidaridad y la equidad, entre otros valores reconocidos por el grupo.

Los altos estándares de conducta y comportamiento ético no deben limitarse al cumplimiento de leyes y regulaciones, ya que no siempre un acto perfectamente legal es legítimo desde el punto de vista ético. La respuesta al anhelo de una administración pública guiada por valores éticos no se limita a la creación de leyes más estrictas, ya que las leyes y decretos vigentes ya regulan de manera amplia la conducta de los servidores públicos.

El Tribunal de Cuentas de la Unión, cuyas actividades tienen como objetivo, en última instancia, la mejora del Estado mediante el control externo de la administración pública y la defensa de la gestión eficiente y regular de los recursos públicos, cree que el reconocimiento público de los principios y valores éticos, a través de este Código, que formaliza los compromisos éticos de la institución, contribuirá al buen cumplimiento de sus objetivos institucionales, proporcionando parámetros importantes para su realización. Refuerza esta convicción el hecho de que la conducta de sus servidores tiene reflejos tanto internos como ante los jurisdicionados y la sociedad en general.

La ética de una institución es, esencialmente, un reflejo de la conducta de sus servidores, quienes deben seguir un conjunto de principios y normas, consolidando un estándar de comportamiento irreprochable. Por lo tanto, se espera que cada servidor oriente sus acciones conforme a las directrices básicas prescritas en este Código, reflejándolas en sus actitudes y comportamientos, para que la sociedad y los diferentes públicos con los que interactúa puedan percibir y comprender la integridad y la honestidad con las que desempeña sus actividades.

Sobre la Comisión de Ética

Competencias

I - elaborar un plan de trabajo específico, que implique, en su caso, a otras unidades del Tribunal, con el objetivo de crear un sistema eficiente de información, educación, seguimiento y evaluación de los resultados de la gestión ética en el Tribunal;

II - organizar y desarrollar, en cooperación con el Instituto Serzedello Corrêa - ISC, cursos, manuales, folletos, conferencias, seminarios y otras acciones de capacitación y difusión del código de conducta ética;

III - resolver dudas sobre la interpretación y aplicación del código y deliberar sobre los casos no previstos, así como, si lo considera necesario, hacer recomendaciones o sugerir a la Presidencia del Tribunal normas complementarias, interpretativas y orientadoras de sus disposiciones;

IV - expedir y difundir orientaciones de carácter general sobre la interpretación y aplicación del código;

V - investigar, mediante denuncia o de oficio, conductas en desacuerdo con el código que, en principio, no se configuren también como infracción funcional, garantizando el derecho al contradictorio y a la amplia defensa del servidor;

VI - recibir propuestas y sugerencias para la mejora y modernización del código y proponer la elaboración o adecuación de normativas internas a sus preceptos;

VII - presentar un informe de todas sus actividades, al final de la gestión anual de la Presidencia del Tribunal, en el que también constará la evaluación de la actualidad del código y las propuestas y sugerencias para su mejora y modernización;

VIII - proponer a la Presidencia del Tribunal la dispensa del cumplimiento del período de impedimento a que se refieren los incisos III y IV del artículo 8º del código, cuando se verifique la inexistencia de conflicto de intereses o su irrelevancia;

IX - elaborar y someter a la Presidencia propuestas de reglamentos previstos en el código; y

X - desarrollar otras actividades inherentes a su finalidad.

Estructura Organizacional

Presidente: Antonio José Saraiva de Oliveira Júnior

Miembros: Luiz Guilherme da Boamorte Silveira y Marco Aurélio Pereira de Souza

Suplentes: Frederico Júlio Goepfert Júnior, Márcio Gleidson Chaves de Sales y Márcia Brandão de Oliveira

Secretario: Janaína Carmago Rosal

(Resolución-TCU nº 43, de 7/2/2023)

Contacto comissaodeetica@tcu.gov.br

La Ley de Responsabilidad Fiscal

La Ley de Responsabilidad Fiscal – LRF es un 10-The Fiscal Responsibility Law - constitui__o.pngestatuto importante en el marco legal de Brasil, aprobado en el año 2000, lo cual prevé orientaciones y directrices para los asuntos presupuestarios y financieros, en los tres niveles de gobierno. Contiene estipulaciones para tomada de deuda pública, garantía de préstamos, déficits presupuestarios y exenciones de impuestos. La Ley limita también los gastos del gobierno, especialmente con los empleados. Además establece que los papeles relacionados a la contabilidad y a la planificación deben ser publicados por los gobiernos de manera periódica, para garantizar la transparencia de las cuentas públicas. Finalmente, la ley prevé penalidades claras en caso de no cumplimiento.

Esta ley asignó al Tribunal de Cuentas de la Unión (TCU) y a tribunales de cuentas estaduales un conjunto de atribuciones que llevó el TCU a ejercer un importante rol en la inspección de la gestión fiscal. Las atribuciones más notables del TCU en el ámbito de la LRF son: i) inspección de las entidades federales acerca de la implementación de los objetivos establecidos por la Ley de Directrices Presupuestarias - LDO; ii) fiscalización de los gastos para el cumplimiento de los límites establecidos; e iii) inspección de los procedimientos para regresar los gastos a los límites establecidos.

El Tribunal también es responsable de notificar las entidades y ramas del gobierno cuando se acercan de los respectivos límites de gastos o endeudamiento. El TCU también hace notificaciones cuando las acciones del gobierno puedan comprometer el cumplimiento de los resultados de programas oficiales o cuando no coincidan con la gestión presupuestaria.